Un testigo no es del tribunal, ni del expediente, ni del proceso...
en realidad es una persona libre y que no pertenece a nadie.
Pero en términos de la producción de la prueba,
un testigo es de la parte que lo propuso y lo sentó en el juicio;
y si lo hizo solo es porque considera que su declaración es útil al fortalecimiento de su caso.
La próxima clase veremos al tema "examen directo de testigos" (examen e interrogatorio son, para este tema, sinónimos).
No sólo veremos en qué consiste un examen directo y cuáles son sus objetivos, sino que abordaremos algunas destrezas para su ejecución.
Iremos viendo que algunas de esas destrezas obedecen a la necesidad de respeto de reglas jurídicas (por ejemplo, la prohibición de formulación de preguntas sugestivas o indicativas), y otras son solo pautas técnicas en pos de su eficacia, es decir, para lograr mayor claridad y persuación (por ejemplo, la organización del examen directo en capítulos).
Sin embargo, es muy importante poder dominarlas a todas.
Como en todos los temas que abordamos, recuerden que no existe una única manera para realizar un examen directo, pues ello depende de estilos y situaciones específicas. Sin embargo, jamás debe olvidarse el objetivo de claridad y persuasión.
Ya cuentan con el material de lectura (tienen dos manuales, no se conformen con uno, pues consultar ambos les resultará mucho más productivo y esclarecedor). He subido un tercer manual (de la UMSA), por si a alguien le resulta útil consultarlo también (esto aplica también al resto de los temas sobre destrezas de litigio).
Si quisieran profundizar sobre el tema, les aconsejamos el siguiente libro: RUA, Gonzalo ("Examen directo de testigos", ed. Didot). Pero esto solo es una recomendación y no es necesario que lo lean, salvo que tengan interés de profundización (actual o en el futuro).
Van algunos fragmentos de películas con exámenes directos:
"Cuestión de honor":
"El poder de la justicia":
Lean, estudien y practiquen. Saludos!
CP
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